
Está la vieja creencia que al no tener, el Estado, fines de lucro, tanto el trato al personal, como las remuneraciones, como los derechos fundamentales de los trabajadores están “garantizados”. Si a ello le agregamos la estabilidad laboral, estaríamos hablando de un sistema ideal.
Pero nos topamos con la simple realidad, aquella que nos golpea y derriba los mitos que se crean y mantienen durante años de años. Es por ello que veremos éste tema para desmitificarlo.
A fines del año pasado, la UDP entregó el informe Anual de Derechos Humanos donde la autora, la abogada Karla Varas realizó una Radiografía de Empleo Público en Chile, donde demuestra lo que muchos empleados públicos ya sabían y señalaban. Pero, veamos un poco su situación y hagamos una breve comparación con la situación en el sector privado. En primer lugar, los empleados públicos se rigen por el Estatuto Administrativo y no por el Código del Trabajo. Lo anterior es porque, se supone, el empleador no está ejerciendo una función para “ganar dinero” sino para brindar un “servicio del Estado”, lo cual dispone, al empleador, en una mirada diferente (no es ganar, sino servir).
Además, el Estado no hace más rentable su negocio eliminando puestos de trabajo, por lo que no requiere una ley que proteja al trabajador, sin embargo, mientras los privados manejamos, al menos nosotros, dos tipos de contrato, uno temporal, que se da al inicio de la relación contractual, y otro indefinido, y está, por ley, señalado el tiempo máximo que uno puede permanecer con contratos temporales; en cambio, en el sector público, hay tres modalidades: a) están los contratados o de planta; b) están los “a contrata” que son contratados por un año, y donde pueden ejercer durante toda su vida laboral en esquema de año a año; y están los “a honorarios”.
Para un trabajador público ser de planta implica tener todos los beneficios de “servir” al Estado. Para ser despedidos deben realizar un juicio, por lo que tienen estabilidad laboral, en contraparte, los otros trabajadores tienen inestabilidad total, los “a contrata” no tienen antiguedad, luego no tienen indemnización por años de servicio y los “a honorarios”, que tampoco tienen indemnización, ven que su contrato se puede desvanecer de un minuto a otro y no tienen, siquiera, seguro social.
Como vemos, de dulce y agraz. Es por ello que, cuando los derechos fundamentales de todo trabajador son vulnerados, el Estado reacciona no permitiendo que la empresa que comete esas faltas puedan participar de concursos públicos que les significan, en muchos casos, millonarios ingresos. Pero, ¿qué pasa cuando quien no respeta al trabajador es el mismo Estado? Uno debería pensar que la ley pareja no es injusta, luego se debe castigar dicho servicio para defender la parte más débil de cualquier relación laboral, el/la trabajador/a.
Ello le ocurrió a la Universidad de Chile, fue castigada por violar un derecho fundamental de un trabajador y sirve de ejemplo para decir que todos somos iguales. Sin embargo la Corte de Apelaciones nos viene a decir que esos derechos no son tan importantes, que le levanta el castigo y que ya no todos somos iguales. Y si bien eso ya es preocupante, escuchar que el acusado, en lugar de señalar que nunca más caerá en actitudes asi, como sería lo esperable por dicho perdonazo, nos dice “que la normativa ‘no está pensada para órganos públicos’ y que de lo contrario ‘significaría paralizarlas’“. Leamos, nuevamente la frase, por favor. Nos está hablando el decano de la facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Sr. Davor Harasic, abogado. Es él quien está señalando que, en las empresas públicas, los trabajadores son menos importantes que el mobiliario. Nos indica que si la empresa pública respetara a los trabajadores, no podrían hacer nada. Para el abogado, se puede violar los derechos fundamentales de las y los trabajadores cuando está en juego la rentabilidad de una empresa del Estado.
El individualismo, que ha sido impuesto por ésta sociedad, nos lleva a señalar que los “derechos” de ciertas empresas (hoy son las públicas, mañana serán las privadas) están por sobre cada trabajador, que pueden pisotearnos cuando quieran, porque sino lo hacen, esos “servicios públicos” no pueden realizar su labor.
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